Esta lista de verificación PPWR gratuita convierte el Reglamento de Envases y Residuos de Envases (PPWR) en una lista de acciones con fecha para compradores de envases. Cada fila indica el artículo, la fecha desde la que se aplica, el rol responsable y, en el PDF, la evidencia que debe conservarse. Refleja el Reglamento (UE) 2025/40 en su situación a octubre de 2026: los requisitos que ya se aplican desde el 12 de agosto de 2026, las obligaciones de comida para llevar de 2027 y 2028, la etiqueta de clasificación y los requisitos de diseño de 2030 a 2038. La descarga es un PDF A4 sencillo, con casillas para marcar, y no le pediremos su dirección de correo electrónico.
DESCARGA: ppwr-compliance-checklist.pdf (A4, 3 páginas)
Una casilla opcional permite solicitar un aviso cuando se adopte el acto relativo a la etiqueta de clasificación o los criterios de diseño para el reciclaje; el archivo en sí no requiere registro. Es una ayuda de planificación, no asesoramiento jurídico. Las obligaciones dependen de su rol en cada Estado miembro; confírmelas con la autoridad competente, su sistema colectivo de cumplimiento o su asesor jurídico.
Situación a octubre de 2026. Fuentes: Reglamento (UE) 2025/40 en EUR-Lex (eur-lex.europa.eu/eli/reg/2025/40/oj) y comunicación de orientación de la Comisión C(2026) 3702, de 5 de junio de 2026 (no vinculante).
Cómo usar la lista de verificación del PPWR
Empiece por la primera fila: determine si es fabricante, importador, distribuidor o productor en el marco de la responsabilidad ampliada del productor (RAP) para cada referencia. Después recorra la columna «Quién» y marque solo las filas que mencionen su rol. Rellene una copia de la lista por código de referencia, porque la evidencia no es la misma para un vaso, una caja para alimentos y una caja de envío.
Para ver el contexto completo de cada fila, consulte la visión general del PPWR para compradores de hostelería y comercio electrónico. Las guías detalladas sobre los puntos principales son: envases alimentarios sin PFAS, la declaración de conformidad, las clases de reciclabilidad y los requisitos de etiquetado.
¿Qué requisitos del PPWR ya se aplican (desde el 12 de agosto de 2026)?
Desde el 12 de agosto de 2026 se aplican la evaluación de conformidad del fabricante, la documentación técnica y la declaración UE de conformidad, junto con los límites de PFAS para envases en contacto con alimentos y los datos de identificación en el envase. Los límites de PFAS no tienen período de agotamiento de existencias, por lo que el stock fabricado antes no queda exento si se introduce en el mercado después de esa fecha; los envases introducidos en el mercado antes de ella pueden seguir en el mercado, según las orientaciones de la Comisión.
| Requisito | Artículo | Aplicable desde | Quién |
|---|---|---|---|
| Determinar su rol en el PPWR para cada referencia impresa (fabricante, importador, distribuidor, productor RAP) | Art. 3(1), punto 13 | 12 ago 2026 | Todos |
| Envases en contacto con alimentos: no más de 25 ppb para cualquier PFAS individual y 250 ppb para la suma (análisis dirigido), y 50 ppm para todos los PFAS, incluidos los PFAS poliméricos. Si el flúor total supera los 50 mg/kg, obtener prueba del origen del flúor | Art. 5(5) | 12 ago 2026 (sin período de agotamiento de existencias) | El fabricante garantiza; el importador comprueba; el distribuidor no debe suministrar envases no conformes; el proveedor del material aporta la prueba sobre el flúor si se le solicita |
| Suma de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente en el envase: 100 mg/kg como máximo | Art. 5(4) | 12 ago 2026 (aplicación general) | Fabricante |
| Recabar de los proveedores de envases y de materiales la información necesaria para demostrar la conformidad | Art. 16 | 12 ago 2026 | El fabricante solicita; el proveedor facilita |
| Elaborar y conservar la documentación técnica, y reevaluarla cuando cambien el diseño, los materiales o las normas de referencia | Art. 15, anexo VII | 12 ago 2026 | Fabricante |
| Elaborar y firmar la declaración UE de conformidad en el idioma o idiomas de cada Estado miembro de suministro | Art. 39, anexo VIII | 12 ago 2026 | Fabricante |
| Conservar la declaración y la documentación técnica durante 5 años (un solo uso) o 10 años (reutilizables) desde la comercialización | Art. 15(3), anexo VII punto 4 | 12 ago 2026 | Fabricante; el importador conserva una copia de la declaración |
| Incluir en el envase (o en un soporte de datos o documento que lo acompañe) el nombre y la dirección postal del fabricante y un número de tipo, lote o serie | Art. 15(5) y 15(6) | 12 ago 2026 | Fabricante |
| Antes de comercializar envases importados: comprobar la evaluación, la documentación y el etiquetado del fabricante, añadir el nombre y la dirección del importador y facilitar los documentos a las autoridades en un plazo de 10 días desde una solicitud motivada | Art. 18, incl. art. 18(3) | 12 ago 2026 | Importador |
| Verificar la documentación y el etiquetado antes de poner el envase a disposición en el mercado, y no suministrar envases que se sepa que no son conformes | Obligaciones del distribuidor (artículo no citado en nuestras guías) | 12 ago 2026 | Distribuidor |
| El importador o distribuidor que vende con su propio nombre o modifica el envase de forma que pueda afectar a la conformidad asume el rol de fabricante | Art. 21 | 12 ago 2026 | Importador, distribuidor |
| Los productores no establecidos nombran un representante autorizado de RAP; un mandato escrito puede abarcar también la conservación de la documentación | Disposiciones sobre el representante autorizado (artículo no citado en nuestras guías) | 12 ago 2026 (aplicación general) | Productor no establecido en el Estado miembro |
| El principio general de reciclabilidad se aplica ya; hasta que existan los actos delegados sobre diseño para el reciclaje, siguen siendo la referencia los requisitos de la antigua Directiva de envases y normas como la EN 13430 | Art. 6(1) | 12 ago 2026 | Fabricante |
| Registrarse, declarar y pagar las tasas de RAP según el sistema de cada país (por ejemplo, LUCID y un sistema dual en Alemania conforme a la VerpackDG) | Legislación nacional | Varía según el país; la VerpackDG se aplica desde el 12 ago 2026 | Productor |
| Revisar los mensajes medioambientales impresos: quedan prohibidos los mensajes genéricos como «respetuoso con el medio ambiente» o «biodegradable» sin un comportamiento medioambiental excelente reconocido. Norma relacionada, que no forma parte del PPWR | Directiva (UE) 2024/825 | 27 sept 2026 | Propietario de la marca |
| Vasos de papel para bebidas con recubrimiento de PE: mantener impreso el marcado sobre la presencia de plástico en el producto, en el idioma local. Norma relacionada, que no forma parte del PPWR | Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2151 | En vigor | Propietario de la marca, fabricante |
Dos puntos suelen generar confusión. Primero, la declaración resume lo que demuestran las evidencias, así que el expediente técnico debe existir antes de que alguien la firme. Segundo, la reciclabilidad todavía no se evalúa por clases. Según la guía de la Comisión, los fabricantes no necesitan realizar la evaluación de conformidad de reciclabilidad hasta que entren en vigor los actos delegados sobre diseño para el reciclaje, de modo que cualquier clase que se indique hoy es una estimación.
¿Cuáles son los plazos del PPWR para 2027 y 2028?
Dos obligaciones de comida para llevar empiezan en 2027 y 2028, y la etiqueta de clasificación llega no antes del 12 de agosto de 2028. Los establecimientos de comida para llevar deben aceptar los recipientes propios de los clientes desde el 12 de febrero de 2027 y ofrecer una opción reutilizable desde el 12 de febrero de 2028. En la práctica, la fecha de la etiqueta será posterior, porque el acto de ejecución no se había adoptado a octubre de 2026.
| Requisito | Artículo | Aplicable desde | Quién |
|---|---|---|---|
| Los establecimientos de comida para llevar deben permitir que los clientes usen sus propios recipientes sin un precio superior | Art. 32 | 12 feb 2027 | Distribuidor final (comida para llevar HORECA) |
| Los establecimientos de comida para llevar deben ofrecer una opción de envase reutilizable sin un precio superior (microempresas exentas) | Art. 33 | 12 feb 2028 | Distribuidor final (comida para llevar HORECA) |
| Vigilar: la Comisión debe adoptar los criterios de diseño para el reciclaje y las clases por categoría de envase | Art. 6(4) | A más tardar el 1 ene 2028 | Comisión; los fabricantes hacen seguimiento |
| Etiqueta armonizada de clasificación de materiales, incluidos los envases de comercio electrónico. Se aplica en la más tardía de estas fechas: 12 ago 2028 o 24 meses después del acto de ejecución; el acto no se había adoptado a octubre de 2026 | Art. 12(1) | No antes del 12 ago 2028 | Fabricante; el importador comprueba |
| Los envases fabricados o importados antes de la fecha límite de la etiqueta pueden ponerse a disposición en el mercado hasta tres años después de que esta surta efecto | Art. 12(12) | Desde la fecha de la etiqueta | Fabricante, importador |
¿Qué se aplica de 2029 a 2038?
La etiqueta de los envases reutilizables empieza no antes del 12 de febrero de 2029, y los principales requisitos de diseño, el 1 de enero de 2030, con nuevos hitos en 2035 y 2038. Varias fechas de 2030 se retrasan si la Comisión adopta tarde los actos que las desarrollan.
| Requisito | Artículo | Aplicable desde | Quién |
|---|---|---|---|
| Etiqueta de envases reutilizables con código QR o soporte de datos abierto (la más tardía entre el 12 feb 2029 y 30 meses después de su acto de ejecución) | Art. 12(2) | No antes del 12 feb 2029 | Fabricante de envases reutilizables |
| Los envases deben alcanzar la clase A, B o C (70 % o más); por debajo del 70 % es técnicamente no reciclable | Art. 6(3) | 1 ene 2030, o 24 meses después de los actos delegados si es posterior | Fabricante |
| Contenido mínimo reciclado en envases de plástico: PET sensible al contacto 30 %, plástico no PET sensible al contacto 10 %, otros plásticos 35 % (50, 25 y 65 % a partir de 2040) | Art. 7 | no antes del 1 ene 2030 | Fabricante de envases de plástico |
| Restricciones a los envases de plástico de un solo uso para alimentos y bebidas consumidos en locales HORECA, a las porciones de condimentos de plástico (salvo con comida para llevar) y a las bolsas de plástico muy ligeras (con excepciones). La guía de la Comisión considera incluidos los envases de papel con un 5 % o más de plástico | Anexo V; guía C(2026) 3702 (no vinculante) | 1 ene 2030 | Distribuidor final y fabricante |
| Máximo del 50 % de espacio vacío en envases agrupados, de transporte y de comercio electrónico | Art. 24 | 1 ene 2030, o 3 años después del acto sobre la metodología si es posterior | Operador que llena el envase |
| Minimización de envases: peso y volumen reducidos al mínimo necesario para su función | Art. 10 | 2030 | Fabricante |
| Los establecimientos de comida para llevar procuran ofrecer el 10 % de los productos en envases reutilizables | Art. 33 | 2030 | Distribuidor final (comida para llevar HORECA) |
| Reciclado a gran escala (2035, o 5 años después de sus actos de ejecución si es posterior); solo clases A o B (2038) | Art. 6(2)(b) y art. 6(3) | 1 ene 2035; 1 ene 2038 | Fabricante |
Quién es quién en la lista de verificación
La columna «Quién» utiliza los roles del PPWR. Una misma empresa puede tener varios roles, y el rol puede variar según el país.
| Rol | Significado simplificado |
|---|---|
| Fabricante | Quien fabrica envases, o los hace diseñar o fabricar, con su propio nombre o marca; a menudo, el propietario de la marca en los envases impresos personalizados |
| Importador | Operador de la UE que comercializa en el mercado de la UE envases procedentes de un tercer país; añade su nombre y dirección |
| Distribuidor | Cualquier otro operador de la cadena de suministro que pone envases a disposición en el mercado |
| Distribuidor final | Operador que entrega el envase al cliente final, como un establecimiento de comida para llevar |
| Productor (RAP) | En el caso de los envases de servicio, el operador que los pone a disposición por primera vez en ese Estado miembro |
La duda más frecuente entre los compradores es quién es el fabricante cuando el envase lleva su marca. La guía sobre la declaración de conformidad del PPWR explica cuándo es fabricante una cadena, un transformador o un importador, y la interpretación de la autoridad nacional puede variar en el caso de los envases de servicio impresos vacíos.
Qué no cubre esta lista de verificación
No abarca el detalle nacional de la RAP, las normas sobre contacto con alimentos ni los mercados fuera de la UE. El PPWR no se aplica en Gran Bretaña; consulte la guía de normativa de envases del Reino Unido. Para Alemania y Austria, véase cumplimiento normativo de envases en Alemania y Austria, y para los documentos de contacto alimentario, cumplimiento normativo de envases en contacto con alimentos.
Siguiente paso: pida a su proveedor los documentos de la lista
Envíe la columna de evidencias a cada proveedor de envases y compare las respuestas. Para incluir estos requisitos en una solicitud de presupuesto, utilice la plantilla de solicitud de presupuesto (RFQ) para envases y la guía de solicitud de presupuesto. 9 Packaging es un fabricante y exportador B2B de envases impresos con sede en Estambul; la documentación de cada referencia se acuerda en el presupuesto y en la revisión técnica. Contacte con nuestro equipo.